1. Objeto
Los presentes Términos y Condiciones regulan el acceso y utilización del Servicio de Telefonía Corporativa (en adelante, el «Servicio»), brindado por LA MUTUAL a favor de sus asociados.
El Servicio podrá consistir en la incorporación de líneas telefónicas móviles a planes corporativos contratados por LA MUTUAL con empresas prestadoras de servicios de telecomunicaciones con descuentos, bonificaciones, beneficios comerciales, condiciones preferenciales de contratación o cualquier otra ventaja obtenida por LA MUTUAL para sus asociados respecto de planes ofrecidos por compañías de telefonía móvil.
2. Carácter del Servicio
LA MUTUAL no presta servicios de telecomunicaciones ni actúa como operador de telefonía móvil.
El Servicio consiste en la gestión y administración por parte de LA MUTUAL de los planes corporativos de telefonía móvil ofrecidos a sus asociados mediante acuerdos celebrados con empresas prestadoras de telecomunicaciones, comprendiendo la incorporación de líneas, su administración, la canalización de gestiones vinculadas al Servicio y, cuando corresponda, la administración de los aspectos de facturación y pago asociados a dichos planes.
La prestación efectiva de los servicios de telefonía, datos móviles, mensajería y demás funcionalidades asociadas a la línea se encuentra exclusivamente a cargo de la empresa prestadora correspondiente.
3. Requisitos para acceder al Servicio
Para acceder al Servicio, el asociado deberá:
- Mantener vigente su condición de socio de LA MUTUAL.
- Encontrarse al día con las obligaciones que mantenga con LA MUTUAL.
- Completar la documentación y autorizaciones requeridas.
- Aceptar expresamente los presentes Términos y Condiciones.
- Autorizar la incorporación de su línea a la cuenta corporativa de LA MUTUAL, incluyendo la realización de los trámites de portabilidad, cambio de titularidad o alta de nuevas líneas que resulten necesarios.
4. Titularidad de las líneas
El asociado reconoce y acepta que, para acceder al Servicio, la línea telefónica deberá encontrarse registrada bajo titularidad de LA MUTUAL, ya sea mediante:
- cambio de titularidad de una línea existente;
- portación de una línea preexistente;
- alta de una nueva línea;
- cualquier otro mecanismo admitido por la empresa prestadora.
La titularidad de LA MUTUAL resulta condición esencial para la permanencia dentro de los planes corporativos y para el mantenimiento de los beneficios asociados.
El asociado reconoce que la utilización de la línea no genera derechos de propiedad, titularidad o disponibilidad irrestricta sobre la misma.
5. Planes y beneficios
Los planes, precios, descuentos, bonificaciones, promociones y demás beneficios ofrecidos a través del Servicio podrán variar en función de las condiciones comerciales establecidas por las empresas prestadoras o por acuerdos celebrados por LA MUTUAL.
LA MUTUAL podrá modificar, reemplazar, actualizar o discontinuar planes y beneficios cuando ello resulte necesario por razones operativas, comerciales, contractuales o regulatorias.
En ningún caso se garantiza la permanencia indefinida de un determinado plan, precio, descuento o beneficio.
6. Gestión del Servicio
Toda solicitud relacionada con la línea deberá canalizarse a través de LA MUTUAL.
El asociado se compromete a no realizar gestiones directas ante las empresas prestadoras cuando ello resulte incompatible con la titularidad corporativa de la línea o con los procedimientos establecidos por LA MUTUAL.
Cualquier cambio, modificación, alta o baja de la línea debe ser iniciada por o a través de LA MUTUAL.
7. Responsabilidad de las empresas prestadoras
El asociado reconoce que los servicios de telefonía móvil son prestados por terceros independientes, incluyendo, entre otras, las empresas Claro, Personal y Movistar.
En consecuencia, LA MUTUAL no será responsable por:
- interrupciones del servicio;
- deficiencias de cobertura;
- problemas de conectividad;
- fallas técnicas;
- degradaciones en la calidad del servicio;
- modificaciones de planes efectuadas por las prestadoras;
- portabilidades demoradas o rechazadas;
- suspensión de servicios;
- pérdidas de señal;
- errores de facturación atribuibles a la prestadora;
- cualquier otra circunstancia derivada de la prestación del servicio de telecomunicaciones.
8. Responsabilidad de LA MUTUAL
LA MUTUAL asumirá exclusivamente las obligaciones derivadas de la administración del Servicio y de los beneficios ofrecidos a los asociados, de conformidad con los presentes Términos y Condiciones.
Las gestiones que LA MUTUAL realice respecto de altas, bajas, modificaciones de líneas, cambios de plan, reclamos, portabilidades u otras solicitudes de los asociados constituyen obligaciones de medios y no de resultado, por cuanto su efectiva concreción podrá depender de procedimientos, autorizaciones, validaciones o decisiones adoptadas por terceros.
En consecuencia, LA MUTUAL responderá únicamente por aquellas acciones u omisiones que le resulten directamente imputables en el ejercicio de sus funciones de administración del Servicio, con el alcance previsto por la normativa aplicable.
La intervención de LA MUTUAL en la gestión administrativa, facturación y pago de los servicios contratados bajo cuentas corporativas constituye una función de coordinación y administración del Servicio, sin que ello implique asumir la calidad de prestadora de servicios de telecomunicaciones ni responsabilidad por los cargos, consumos o conceptos determinados por las empresas prestadoras conforme a las condiciones de contratación aplicables.
9. Responsabilidad del socio
El asociado se compromete a utilizar la línea de manera lícita, responsable y conforme a la normativa vigente.
Será exclusiva responsabilidad del asociado todo uso indebido, ilícito, fraudulento o contrario a las condiciones del plan contratado.
Asimismo, el asociado será responsable de los cargos, consumos adicionales, servicios especiales, roaming, paquetes extra o cualquier concepto no incluido dentro de los beneficios expresamente otorgados por LA MUTUAL.
10. Pérdida de la condición de socio
La pérdida de la condición de socio, el incumplimiento de obligaciones con LA MUTUAL o cualquier circunstancia que impida mantener la relación asociativa podrá determinar la suspensión o baja del Servicio.
En tales casos, LA MUTUAL podrá disponer:
- la exclusión de la línea del plan corporativo;
- la transferencia de titularidad cuando ello resulte posible;
- la baja definitiva del beneficio.
Las alternativas disponibles dependerán de las condiciones establecidas por cada empresa prestadora al momento de la solicitud.
La suspensión y/o baja de la línea por falta de pago se ajustará a los plazos y procedimientos previstos en la normativa vigente. En particular, la suspensión sólo podrá hacerse efectiva una vez transcurridos TREINTA (30) días corridos desde el vencimiento de la factura impaga, previa comunicación al socio en al menos DOS (2) oportunidades. La baja definitiva únicamente procederá cuando la deuda permanezca impaga por SESENTA (60) días corridos desde su vencimiento, debiendo notificarse fehacientemente al socio con una anticipación no menor a CINCO (5) días hábiles a la fecha prevista para su efectivización.
11. Protección de datos personales
Los datos personales proporcionados por el asociado serán tratados por LA MUTUAL de conformidad con lo dispuesto por la Ley N.º 25.326 de Protección de Datos Personales, sus normas reglamentarias y complementarias.
El asociado presta su consentimiento para que LA MUTUAL recolecte, almacene, procese y comparta con las empresas prestadoras de telefonía móvil la información estrictamente necesaria para la gestión, administración, activación, mantenimiento, modificación y baja del Servicio.
LA MUTUAL utilizará los datos personales del asociado exclusivamente para finalidades relacionadas con la prestación, administración y mejora del Servicio, el cumplimiento de obligaciones legales y regulatorias, la atención de consultas y reclamos, y las comunicaciones vinculadas al Servicio contratado.
En ningún caso LA MUTUAL utilizará los datos personales del asociado para finalidades distintas a las aquí previstas, ni los cederá o comercializará a terceros ajenos a la prestación del Servicio, salvo obligación legal, requerimiento de autoridad competente o consentimiento expreso del titular de los datos.
El asociado podrá ejercer en todo momento los derechos de acceso, rectificación, actualización, supresión y demás derechos previstos por la normativa vigente, mediante solicitud dirigida a LA MUTUAL por los canales habilitados a tal efecto.
La Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de órgano de control de la Ley N.º 25.326, tiene la atribución de atender denuncias y reclamos relacionados con el incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
12. Recuperación de la línea y del número telefónico
La incorporación de una línea al Servicio no implica la pérdida del derecho del asociado a solicitar la recuperación de su número telefónico al momento de desvincularse del Servicio o de LA MUTUAL, siempre que ello resulte técnica, comercial y normativamente posible conforme las condiciones establecidas por la empresa prestadora de telefonía correspondiente.
En caso de solicitar la baja del Servicio o de perder la condición de socio, el asociado podrá requerir la gestión necesaria para mantener el número telefónico utilizado, mediante cambio de titularidad, migración a un plan individual o portabilidad a otra compañía, según las alternativas disponibles en ese momento.
LA MUTUAL realizará las gestiones administrativas que correspondan a fin de posibilitar dicha continuidad, pero no garantiza la aprobación, disponibilidad o viabilidad de la transferencia, portabilidad o conservación del número, las cuales dependerán exclusivamente de las políticas, requisitos técnicos y condiciones comerciales de la empresa prestadora involucrada y de la normativa vigente.
Todos los costos, cargos administrativos, gastos de migración, activación, cambio de plan, cambio de titularidad, portabilidad o cualquier otro concepto que pudiera generarse como consecuencia de la desvinculación del Servicio serán a exclusivo cargo del asociado, salvo disposición expresa en contrario por parte de LA MUTUAL.
En caso de que el asociado no solicite la continuidad o recuperación de la línea dentro del plazo que LA MUTUAL le comunique al efecto, o cuando las condiciones operativas impidan su transferencia o conservación, LA MUTUAL podrá disponer la baja de la línea, su reasignación o cualquier otro destino permitido por la empresa prestadora, sin que ello genere derecho a reclamo, indemnización o compensación alguna.
13. Derechos del consumidor
La interpretación y aplicación de los presentes Términos y Condiciones deberá realizarse de conformidad con las disposiciones de la Ley N.º 24.240 de Defensa del Consumidor, el Código Civil y Comercial de la Nación y demás normativa vigente aplicable.
Ninguna disposición contenida en el presente instrumento podrá interpretarse como una renuncia, limitación o restricción de los derechos reconocidos a los consumidores y usuarios por la legislación vigente.
Las limitaciones de responsabilidad establecidas en estos Términos y Condiciones únicamente alcanzan a aquellas situaciones que se encuentran fuera del control de LA MUTUAL y vinculadas a la prestación de servicios realizados por terceros, sin perjuicio de las obligaciones de información, gestión y buena fe que correspondan a LA MUTUAL en su carácter de administradora del Servicio.
Los asociados podrán efectuar consultas, reclamos o solicitudes vinculadas al Servicio a través de los canales de atención habilitados por LA MUTUAL, sin perjuicio de los derechos y vías administrativas o judiciales que la legislación vigente les reconozca.
14. Modificaciones
LA MUTUAL podrá modificar los presentes Términos y Condiciones cuando razones operativas, legales, comerciales o regulatorias así lo justifiquen.
Las modificaciones serán comunicadas por los medios habitualmente utilizados por LA MUTUAL.
15. Legislación aplicable y jurisdicción
Los presentes Términos y Condiciones se regirán por las leyes de la República Argentina.
Para toda controversia derivada de su interpretación o aplicación serán competentes los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.